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INFORMACIÓN SOBRE SUBVENCIONES

SUBVENCIONES PARA INSTALACIONES DE ENERGÍA SOLAR TÉRMICA EN CASTILLA Y LEÓN

Reguladas por:
Orden de 17 de enero de 2002, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se convocan subvenciones para proyectos de energía solar térmica, fotovoltaica y eólico-fotovoltaica no conectada a red, dentro del Plan Solar de Castilla y León: Líneas I y II (Código REAY IND 020)

Boletín: BOCyL, nš 20, publicado el 29 de enero de 2002.

1) Objeto y finalidad. La promoción de proyectos, que se desarrollen en el área del uso de la energía solar térmica, fotovoltaica y eólico fotovoltaica no conectada a red a realizar en la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

2) Beneficiarios de las subvenciones. Podrán acogerse a las ayudas contempladas en la presente Convocatoria, los beneficiarios que se indican a continuación, y que desarrollen la acción subvencionable en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

a) Empresas
b) Trabajadores por cuenta Propia en régimen de autónomos, agrario, ganadero, etc.
c) Asociaciones de Empresas.
d) Personas físicas.
e) Comunidades de propietarios.
f) Asociaciones o Entidades sin ánimo de lucro.
g) Corporaciones Locales o Provinciales.
h) Universidades o Centros Educativos, no dependientes de la Junta y León o la Administración Central.

3) Gastos subvencionables. Se consideran gastos subvencionables aquellas partes de las acciones subvencionables, cuya ejecución sea imprescindible para la consecución y el mantenimiento de los objetivos energéticos de las mismas.

4) Plazo de ejecución de las acciones subvencionables. El plazo de ejecución de las acciones subvencionables será desde el 1 de enero de 2002 hasta el 31 de marzo de 2003.

5) Plazo de presentación. Se podrán presentar solicitudes hasta el 29 de junio de 2002, inclusive.


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